martes, 7 de febrero de 2012

DEDUCCION POR REFORMAS EN LA VIVIENDA

Los contribuyentes que realicen obras en su vivienda podrán deducirse parte de su coste en su declaración de IRPF siempre que cumplan determinados requisitos.
En función de la base imponible del contribuyente, de la fecha de realización de la obra, y de que se trate ó no de su vivienda habitual, se podrán deducir las siguientes cantidades:
a)      Un 10% de las cantidades satisfechas desde el 14 de abril de 2010 hasta el 6 de mayo de 2011 por obras realizadas en dicho período en la vivienda habitual, siempre que la base imponible del contribuyente sea inferior a 53.007,20 euros anuales.
b)      Un 20% de las cantidades satisfechas desde el 7 de mayo de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012 por las obras realizadas en dicho período en cualquier vivienda de su propiedad ó edificio en la que ésta se encuentre, siempre que la base imponible del contribuyente sea inferior a 71.007,20 € anuales.

Las obras que tienen derecho a aplicarse esta deducción son las siguientes:

1.      Mejora de la eficiencia energética, higiene, salud y protección del medio ambiente, y utilización de energías renovables.
2.      Mejora de la seguridad y estanqueidad, y en particular la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros
3.      Mejora en la accesibilidad al edificio ó las viviendas.
4.      Instalación de infraestructuras de telecomunicación que permitan el acceso a internet y a servicios de televisión digital en la vivienda habitual del contribuyente

Verifique los importes de los que puede beneficiarse, tanto en declaración individual como conjunta.
Para más información puede contactar con nosotros en el 91 378 10 00.

By Joysa Gestión de Empresas, S.L.P.

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